top of page

¿Tu empresa no puede pagar la nómina? Conoce qué alternativas tienes

Actualizado: 18 abr 2020

Con todo lo que está pasando a nivel global a raíz de la pandemia del COVID-19 (Coronavirus), muchas empresas están sufriendo por mantenerse a flote y poder pagar su nómina. De la misma manera, los trabajadores ven con profunda preocupación que muchos empleadores están adelantando despidos masivos. Por eso, desde AmigoLegal queremos darte un par de opciones para enfrentar esta difícil situación.


En primer lugar, creemos que vale la pena estudiar y seguir las recomendaciones que ha dado el Ministerio del Trabajo para proteger el empleo en estos tiempos difíciles. En la Circular 0021 de 2020, el Ministerio recomienda tomar medidas como otorgar vacaciones colectivas o anticipar vacaciones individuales durante los periodos de aislamiento. Si quieres hacer uso de esta alternativa es importante que des un preaviso de quince (15) días a tus empleados.


Si definitivamente tu empresa no puede seguir pagando salarios a los trabajadores puedes usar las figuras de la licencia no remunerada o la suspensión del contrato laboral, antes de recurrir a algo más extremo como despedir a los trabajadores.

La licencia no remunerada debe provenir de un acuerdo entre las partes (empleador y trabajador), en el que se aceptan que el trabajador deje de prestar sus servicios durante un tiempo y así mismo deje de recibir su salario. Es importante resaltar que las empresas NO pueden obligar a los trabajadores a tomar este tipo de licencias y, por eso, es muy importante dejar una constancia del acuerdo sobre la licencia no remunerada.


En estos caso, nuestra recomendación es que, como empleador, sigas pagando las prestaciones sociales y especialmente la seguridad social de tus empleados, a pesar de no estar pagando el salario.

Por otra parte, la suspensión del contrato de trabajo es una medida que toma la empresa como empleadora cuando se presenta alguna de las causales del artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo. Teniendo en cuenta lo que estamos viviendo con el COVID-19, en términos generales podemos decir que podría invocarse la causal de fuerza mayor o caso fortuito que impide la ejecución del contrato laboral (sin embargo, nuestra recomendación es mirar caso por caso; si necesitas ayuda con este punto haz click acá).


En los escenarios de suspensión del contrato de trabajo, la empresa deja de pagar salario y algunas prestaciones sociales pero debe seguir pagando aportes a salud y pensión. Además, la suspensión del contrato laboral sólo puede llevarse adelante si se cuenta con autorización del Ministerio del Trabajo.


Esperamos que esta información haya sido de utilidad para ti. Si tú o tu empresa necesitan apoyo jurídico no dudes en contactarnos!

Comments


bottom of page